Aspec pide al Indecopi no ceder ante denuncia de empresarios de la CCL contra el Minsa por stickers de octógonos
Únete al canal de Whatsapp de WapaLa Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) expresó su preocupación por el anuncio de que el Indecopi, a través de su Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales no Arancelarias, haya admitido a trámite una denuncia presentada por empresarios y representantes de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) contra el Ministerio de Salud (Minsa) por, presuntamente, afectar la “importación y comercialización” de productos alimenticios envasados en el Perú.
La referida denuncia considera como una “barrera comercial ilegal” la prohibición del uso de los inseguros adhesivos (stickers) consignando los octógonos. Como se sabe, en mérito al Decreto Supremo N° 018-2021-SA -que postergó por tercera vez la obligación de las empresas de colocar los octógonos impresos en las etiquetas- tales stickers podrán utilizarse únicamente hasta el 31 de marzo de este año. Después de esa fecha, los octógonos deberán estar impresos en las etiquetas, como manda la ley.
Como es de dominio público, desde hace años Aspec viene librando una campaña denodada en defensa del derecho a la información de los consumidores y por eso es una tenaz defensora de los octógonos. En tal virtud, ha venido cuestionando el empleo de los adhesivos al señalar que los mismos:
• Pueden ser colocados en cualquier parte del envase y no en la parte frontal, de manera visible, como debe ser;
• Pueden no respetar las características que deberían cumplir como el tamaño; y
• En caso de reclamo, la empresa puede eludir su responsabilidad culpando al bodeguero o al supermercado por haber colocado el adhesivo donde no debía ir.
“Las empresas que elaboran productos que se van a exportar al Perú deben respetar y cumplir la legislación peruana así como nosotros respetamos y cumplimos la de ellos”, señaló Crisólogo Cáceres, Presidente de ASPEC. “Lo contrario sería renunciar a nuestra soberanía y agachar la cabeza. Ciertos empresarios que reiteradamente solicitan lo mismo deberían entender que los tiempos de la colonia terminaron hace 200 años”, acotó.
Igualmente, ASPEC consideró oportuno recordar el penoso antecedente que se produjo en febrero de 2020, cuando la competencia del MINSA en relación a los octógonos fueron inesperadamente declarada “barrera burocrática ilegal” en primera instancia por otro órgano del INDECOPI como es su Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB). Esta decisión fue objeto de repudio generalizado por parte del Perú entero.
Ante esta situación, otro órgano del mismo INDECOPI como es la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal apeló la insólita resolución de la CEB y el resultado fue que el 31 de agosto de 2021, su Sala Especializada emitió la Resolución 0556-2021/SEL-INDECOPI, en mérito a la cual reconoció que el MINSA sí está facultado legalmente, a través de la Ley 26842 - Ley General de Salud y el Decreto Legislativo 1161 - Ley de Organización y Funciones del MINSA, a emitir las normas que se requieran para coadyuvar en la promoción de la salud, como es el caso de aquellas referidas a los octógonos.
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Por las razones anteriores, ASPEC pide a la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales no Arancelarias del INDECOPI no repetir errores y declarar INFUNDADA la denuncia interpuesta. La ley peruana debe respetarse y más aún hoy en día que la salud pública está más amenazada que antes, debido a la pandemia así que los octógonos, debidamente impresos en el etiquetado, son una herramienta fundamental para la prevención de enfermedades.