¿Cómo solicitar el reembolso de gastos por entierro del SIS?

Te enseñamos paso a paso cómo, cuánto y dónde cobrar los gastos de entierro de un familiar afiliado al SIS. Únete al canal de Whatsapp de Wapa
    ¿Cómo solicitar el reembolso de gastos por entierro del SIS?
    Te enseñamos paso a paso cómo, cuánto y dónde cobrar los gastos de entierro de un familiar afiliado al SIS.

    El Seguro Integral de Salud (SIS) es un seguro de subsidiado por el Gobierno para ayudar a todas los peruanos y peruanas que no tengan un seguro de salud.  En esta oportunidad te enseñamos sobre la prestación económica de sepelio.

    ¿Dónde solicitar el reembolso de gastos de sepelio?

    El reembolso de los gastos funerarios de un afiliado de los planes SIS gratuito, SIS independiente y SIS Emprendedor se realizan en las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) y tiene una cobertura de hasta 1000 soles.

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    ¿Cuál es el monto máximo que se puede cobrar por gastos funerarios?

    El monto máximo de dinero depende de la edad de la víctima mortal.

    • Natimuerto o óbito (más de 28 semanas de embarazo): 350 soles

    • Recién nacido fallecido (menos de 29 días de nacido): 350 soles

    • Persona fallecida de 29 días hasta menor de 12 años de edad: 700 soles

    • Persona muerta de 12 años de edad a más: 1000 soles

    ¿Qué desembolso cubre el SIS?

    Asimismo, la devolución del dinero sólo podrá cubrir los siguientes gastos de entierro: ataúd, capilla ardiente, mortaja (vestidura en que se envuelve un cadáver para enterrarlo), derecho de cremación (siempre y cuando sea autorizado por el familiar), nicho, traslado del fallecido (del centro de salud al velatorio y del velatorio al cementerio).

    ¿Quiénes pueden requerir los gastos de sepelio?

    Las personas que tengan en su poder el certificado de acreditación, población que haya sido designada durante la afiliación al SIS, los familiares hasta el 4to grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad, familiares que tengan una carta poder, los cuidadores del asegurado fallecido, los padres o madres del bebé o natimuerto. 

    ¿Quiénes no pueden solicitar los gastos funerarios?

    A pesar que es una situación penosa para los familiares, las siguientes personas están prohibidas de pedir el reembolso: personal de las IPRESS, UDR/GMR y personas vinculadas a agencias funerarias.

    "Todos los planes de seguros del SIS (Gratuito, Para Todos, Independiente, Emprendedor (NRUS) y Microempresas) otorgan la cobertura económica en su TOTALIDAD del internamiento médico, traslado de cuerpo, cremación o entierro por coronavirus", remarca el comunicado del Estado.

    ¿Cuáles son los requisitos para cobrar los gastos de entierro?

    • Solicitud de pago de Prestación Económica de Sepelio llenada y firmada por el acreditado del difunto.

    • Certificado de Acreditación Original.

    • Copia del DNI o Carné de Extranjería vigente del acreditado.

    • Copia del DNI o Carné de Extranjería del asegurado finado.

    • Comprobante de pago original, debidamente cancelado, por los servicios funerarios del asegurado fallecido, emitidos a nombre del acreditado.

    • Copia certificada del Acta de Defunción expedida por RENIEC.

    • Copia del Certificado de Defunción.

    • Declaración Jurada de Gastos por Prestación Económica de Sepelio.

    • Si fue cremado: Copia de autorización de Cremación.

    • Si no eres un familiar cercano: Declaración Jurada de 4to Grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad del acreditado respecto del muerto.

    • Si los gastos se hicieron en zona rural: Declaración Jurada de Gastos por servicios realizados.

    • Si eres un apoderado: Carta poder de autorización de cobro.

    Paso a paso para solicitar la devolución de gastos del asegurado fallecido

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    1. Acude a una oficina

    Dirígete a un centro de salud antes de los 60 días calendarios a partir del día posterior del fallecimiento. 

    Recuerda que cuando el asegurado al SIS muere en una IPRESS diferente a la de la origen y es trasladado a su lugar de origen, la solicitud se presenta en la IPRESS donde se afilió o en la más cercana a su último domicilio.

    2. Presenta tus documentos

    Brinda los documentos necesarios y el centro de salud los examinará. En caso hayan observaciones, las recibirás en una plazo de cinco días y tendrás hasta 30 días para subsanarlas, de lo contrario perderás el derecho al pago.

    No olvides que desde el momento que revisan tus datos hasta el día que vas a cobrar el dinero del reembolso, suelen pasar entre cuatro a seis meses.

    3. Consulta el estado de tu solicitud

    Puedes verificar AQUÍ sobre el estado de tu trámite para evitar ir de manera presencial. 

    4. Cobra la devolución de los gastos funerarios

    Cuando el dinero esté disponible, solo tendrás nueve meses para retirarlo a partir de la fecha que fue emitido. Wapa, toma en cuenta que el reembolso del SIS puedes cobrarlo en cualquier agencia del Banco de la Nación.

    ¿Qué es el SIS y para qué sirve?

    El SIS es un seguro de salud dirigido para todos los peruanos y extranjeros residentes en el Perú que no cuenten con otro seguro de salud vigente. El SIS cubre tus medicamentos, procedimientos, operaciones, insumos, bonos de sepelio y traslados de emergencia, pero la cobertura varía según el plan de seguro SIS.

    ¿Qué tipos de SIS existen?

    Existen cuatro tipos: el SIS Gratuito, SIS Independiente, SIS Microempresas y SIS Emprendedor, cada uno tienen características propias y beneficios diferentes para sus afiliados.

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