Adultos mayores ya no pagarán este gasto en 2025: conoce el beneficio tributario que los exonerará
Únete al canal de Whatsapp de WapaEn un alivio significativo para muchos hogares peruanos, los adultos mayores de 60 años pueden ser exonerados del pago del impuesto predial, un tributo anual que grava la propiedad de inmuebles. Esta medida busca brindar un respaldo económico a las personas mayores, reconociendo su situación de vulnerabilidad y promoviendo una mejor calidad de vida en su etapa de jubilación.
¿Quiénes pueden acceder a la exoneración?
Según lo dispuesto por la normativa vigente, este beneficio no es automático y solo se aplica si se cumplen ciertos requisitos. De acuerdo con el abogado tributarista Miguel Carrillo, los principales criterios son los siguientes:
- Edad mínima: Tener 60 años o más.
- Inmueble único: Ser propietario de una sola vivienda, inscrita a su nombre o al de su sociedad conyugal, destinada a uso como residencia principal.
- Valor de la propiedad: El autovalúo de la vivienda no debe superar las 50 UIT, lo que equivale a S/ 267,500 para el año 2025.
- Ingresos mensuales: No deben exceder 1 UIT (S/ 5,350 al mes).
Además, el inmueble puede ser utilizado para actividades comerciales o profesionales, siempre que cuente con la debida autorización municipal.
¿Cómo se realiza el trámite?
Para obtener esta exoneración, el adulto mayor deberá acercarse a la municipalidad donde está ubicada su vivienda. Allí deberá presentar los siguientes documentos:
- DNI del solicitante (o de su representante legal).
- Última boleta de pago u otro comprobante que acredite ingresos mensuales.
- Documentos que certifiquen la propiedad del inmueble.
- Formulario de solicitud de exoneración proporcionado por la municipalidad.
Es importante recalcar que cada municipalidad puede tener procesos ligeramente distintos, por lo que se recomienda consultar previamente los requisitos específicos.