Bono 210: ¿Quiénes podrán cobrar la ayuda económica este 10 de marzo?
Únete al canal de Whatsapp de WapaEl Bono 210 será entregado a todos los trabajadores formales del sector privado hasta este 31 de marzo. Según el Seguro Social de Salud (EsSalud), solo hasta el presente mes se depositará el monto de 210 soles a las cuentas individuales de los peruanos que cumplan los requisitos para la ayuda económica.
Como se recuerda, el primer desembolso inició el viernes 21 de enero, llegando a beneficiar a un total de 902,083 trabajadores formales del sector privado. Asimismo, debido al Decreto de Urgencia Nº 105-2021, los bancos plantearon fechas de entrega del bono de acuerdo al último dígito del DNI.
Es así como las entidades financieras publicaron un cronograma oficial de pago, los cuales terminaron mayormente a inicios de marzo. De este modo, los trabajadores con cuentas bancarias en Scotiabank y Banco Interamericano de Finanzas (BanBif) lograron acceder al beneficio.
¿Quiénes podrán cobrar el Bono 210 este jueves 10 de marzo?
Según el cronograma de Interbank, este 10 de marzo algunos beneficiarios percibirán el monto de 210 soles en sus cuentas bancarias. Las personas que tengan el 5 como último dígito de su DNI, recibirán el subsidio esperado.
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¿Qué sucede si no recibo el bono y soy beneficiario?
En este caso, EsSalud informó que ya inició el pago del bono extraordinario a través del Banco de la Nación. De este modo, los trabajadores podrán acercarse a cobrar el monto de 210 soles en las ventanillas de atención. Es importante mencionar que, la ayuda económica podrá ser solicitada en cualquier agencia de la entidad estatal.
Asimismo, las personas podrán consultar la fecha de cobro a través del portal oficial https://bono210.essalud.gob.pe. El subsidio solo estará disponible hasta el 31 de marzo, por ende, luego de esa fecha no se podrá acceder al monto establecido por el Gobierno.
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¿Quiénes no podrán acceder al Bono 210?
Esta entrega única está enfocada únicamente al personal formal que labore o figure como registrado con su Documento Nacional de Identidad (DNI) en la planilla electrónica de la empresa durante los meses de julio, agosto o septiembre del 2021. Están excluidos los pensionistas y personas en modalidades formativas laborales (practicantes). Asimismo, el último decreto de urgencia aparta del subsidio a los servidores públicos de las siguientes entidades:
- Organismos públicos descentralizados de los gobiernos regionales y locales.
-Empresas públicas de los tres niveles de gobierno.
-Empresas públicas del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe).
-Empresas públicas en el ámbito de EsSalud.
-Empresas públicas ligadas al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
-Funcionarios de alto nivel como gerentes, regidores, alcaldes, directores, gobernadores, ministros, entre otros.