AFP: ¡ATENCIÓN! Poder Judicial podrá RETENER 30% del retiro a padres con DEUDA alimentaria

Por mandato judicial, los fondos quedarán disponibles para cubrir los gastos de alimentación de sus hijos, incluso si el demandado se niega a retirar su fondo de pensiones.

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    La jefa de la Oficina del Registro Nacional Judicial (Renaju), Vicky Távara Cavero, detalló que, mediante una demanda de alimentos, se podrá retener el 30% del retiro de la AFP a favor de los hijos cuyos gastos no son cubiertos por el progenitor.

    ¿Cuánto le corresponde dar a sus hijos?

    Explicó que, con un mandato judicial o un acuerdo entre las partes, la demandante podrá disponer del 30% de los S/ 20,600 soles, equivalentes a cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), de los fondos de la AFP o lo que corresponda por este concepto.

    Távara Cavero subrayó que el mandato judicial se debe cumplir, incluso si el demandado se niega a retirar el monto. "Si el juez lo establece en su sentencia, aunque el demandante no retire la cantidad dispuesta por el Congreso, el 30% de esa suma será retenido para cubrir la deuda alimentaria", afirmó.

    La jefa del Renaju destacó que esta medida busca proteger los derechos del menor, reiterando que el objetivo es emitir sentencias a favor del menor. Además, mencionó la reciente ley que modifica el Código Procesal Civil, permitiendo al juez de familia acceder a información en línea sobre la capacidad económica de los demandados, obteniendo datos en tiempo real sobre su empleo, remuneración, gratificaciones, vacaciones y otros ingresos.

    “Esta modificatoria va a permitir que los procesos sean más rápidos. Como saben son procesos de alimentos que permiten salvaguardar los derechos primordiales del menor. Por lo tanto, esta medida va permitir al juez tener información en línea, en tiempo real, de los bienes que tenga el demandante en la Sunarp, como cuánto gana o si le corresponde gratificación, a través del Ministerio de Trabajo. Esa es la importancia”, mencionó.

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