Indecopi: Tambo es multado por negarse a aceptar billete de 50 soles a cliente

Todo esto sucedió pese a la resolución emitida por Indecopi en enero. El momento se viralizó en las redes sociales. Únete al canal de Whatsapp de Wapa
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    El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) aplicó una sanción a la cadena peruana Tambo con una multa de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) tras la denuncia de un cliente que sostuvo no pudo efectuar una compra debido a que le negaron el pago con un billete de 50 soles.

    ¿Pague con sencillo?

    No. La entidad que vela por los derechos del consumidor comunicó que la sanción se argumenta con la premisa de que el denunciado ha cometido una infracción al deber de idoneidad. Es decir, se le llama así cada vez que al consumidor se le rechaza hacer una compra en un local comercial pese a que el pago es con una moneda autorizada.

    En este caso, el cliente (consumidor) denunció que se mostraron restricciones impuestas por la tienda Tambo, lo cual no debería suceder sin importar si el billete es de alta o baja denominación.

    En ese sentido, Indecopi reveló que sí se ratificó el billete a detalle, registrando datos como número de serie, antigüedad y deterioro, para poder constatar la denuncia colocada a la reconocida cadena.

    Defensa de Tambo

    Al respecto, la empresa peruana Tambo presentó su defensa señalando que no consideran que se incumpla alguna norma, y por consiguiente consideran no haber trasgredido la norma ya que “la conducta debe estar tipificada de manera expresa e inequívoca”. De esa manera, aseguraron que en la denuncia hay una interpretación equivocada de los artículo 18 y 19 del Código”.

    Resolución

    Lo cierto es que, en la Resolución Final Nº 0144-2022/CC2 presentada por Indecopi el 25 enero del 2022, se estipula lo siguiente:

    Sancionar a Tiendas Tambo con 3,49 UIT, por haber incurrido en infracción al artículo 19 del Código.

    Sancionar a Tiendas Tambo con 7 UIT, por haber incurrido en infracción al artículo 24 del Código.

    Indecopi: canales de atención

    Recuerda que, según su portal institucional, Indecopi maneja diversas plataformas de atención al ciudadano.

    Presentación de documentos. Pueden enviar documentos a través de la Mesa de Partes Virtual (https://www.indecopi.gob.pe/mesadepartes). De tener alguna duda o consulta contactarse al correo consultasmesadepartes@indecopi.gob.pe.

    Orientación, atención de consultas y reclamos. Especialistas seguirán atendiendo los teléfonos 224-7777 para Lima y 0-800-4-4040 para regiones, de lunes a viernes de 8.30 a. m. a 5.30 p. m..

    WhatsApp Aeropuerto (985 197 624). Atiende cualquier inconveniente de los pasajeros del servicio de transporte aéreo, de lunes a domingo las 24 horas del día.

    Registro de marcas. Las y los interesados pueden acceder a través de https://www.indecopi.gob.pe/es/web/plataforma-marcas o contactarse mediante el correo electrónico: asesoriavirtualdsd@indecopi.gob.pe.

    Reclamos de consumo. Accede a través del Reclama Virtual https://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/ o escribiendo al correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe.

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