¿Cómo participar en un remate de inmuebles o vehículos de la SUNAT?
Únete al canal de Whatsapp de WapaLa Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) remata los inmuebles o vehículos embargados de los contribuyentes que no han cumplido con una deuda de su cargo. Es así como las personas pueden participar en la compra de uno de estos bienes a precios de oferta y bajo ciertas condiciones previas.
En este tipo de eventos el organismo incluye inmuebles (casas, departamentos, terrenos), muebles (vehículos, maquinarias, instalaciones, artefactos eléctricos, etc.) e intangibles (marcas, derechos, etc.). Asimismo, se realizan procedimientos previos al remate, donde los bienes son tasados por un Perito para que se les asigne un Valor de Tasación.
En ese procedimiento se tiene en cuenta la conservación, el valor de mercado, entre otros factores. Esta valorización se realiza con previo conocimiento del deudor tributario con el fin de que realice observaciones en el proceso.
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¿Cómo se puede participar en un Remate de la SUNAT?
Las personas que deseen participar en el remate de la SUNAT deberán registrarse en el local donde se realizará el evento, para ello deberá portar la copia de su DNI actualizado y el original. Asimismo, deberá informarse en la página web de la SUNAR o en publicaciones extra las condiciones del proceso.
Cada mes se realizan convocatorias en diversas dependencias de la SUNAT a nivel nacional. Las personas interesadas podrán ingresar al portal del organismo o presionar el siguiente link: www.sunat.gob.pe. Luego deberá buscar la publicación en los diarios de la capital y de la respectiva jurisdicción.
Finalmente, solo deberá estar pendiente a la fecha de exhibición de los bienes a rematar y al lugar exacto del evento. En estos casos, el Martillero Público o Ejecutor Coactivo estará a cargo de llevar a cabo la venta.
¿Quiénes pueden participar en el remate de inmuebles o vehículos?
En este caso podrán participar todas las personas que tengan facultades para realizar sus actos de manera legal. Además, deben tener suficiencia para adquirir derechos y administrarlos correctamente. No obstante, existen algunas limitantes para este evento que impiden la participación de las personas:
- El deudor tributario, propietario de los bienes a rematarse.
- Los trabajadores de la SUNAT, sus cónyuges y familiares hasta el segundo grado de afinidad y cuarto de consanguinidad.
- Los Peritos, el Martillero Público y todos aquellos que hubieran intervenido directamente en el procedimiento de tasación y remate.
- Aquellos que en un remate anterior hubieran sido declarados ganadores del bien y no hayan cumplido con pagar el saldo del precio en el plazo correspondiente.
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¿Cómo se fija el precio de los bienes rematados por SUNAT?
En la primera convocatoria el precio será equivalente a los 2/3 del Valor de Tasación más el Impuesto General de Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal. Es así como se fija un precio base para cada bien rematado por el organismo.
En el caso de la segunda convocatoria, el precio se reduce en un 15% respecto a la citación anterior. En caso se necesite realizar una tercera convocatoria, no se señalará un precio base.