Barranca: sujeto "vende" a su mascota y camina por la ciudad en busca de postores

El video ha causado indignación a usuarios. ¿Puede haber una sanción legal por lo ocurrido? Únete al canal de Whatsapp de Wapa
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    Un video publicado en la red social TikTok ha causado la indignación de usuarios pues se visualiza a un hombre caminar con su mascota por la Plaza de Armas de Barranca con su mascota, pero esa no es la disyuntiva.

    Lo cuestionable es que el sujeto utilizó al animal para exhibir un cartel que decía "se vende", en alusión a que estaba buscando compradores para que puedan adquirir al perro.

    "Que malo", indica la usuaria Tatgranados0 quien utilizó el espacio digital para compartir el video y evidenciar este acto.

    Todo hace indicar que el hombre se percató que había sido grabada por la ciudadana barranquina, por lo que decidió alejarse del lugar. Personas que se encontraban en la concurrida plaza criticaron al sujeto por su accionar.

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    Algunos usuarios indicaron que el perro en custodia se habría extraviado. "Ese perrito se perdió en Huancayo. Por favor ¿Alguien sabe algo más?", "A ese perrito lo han estado buscando. Los dueños dijeron que lo han robado".

    Por su parte, animalistas señalaron que tomarán cartas en el asunto. "Mañana estoy de servicio. Iré a ver eso", "El perro está cansado y descuidado. Dios lo proteja".

    ¿Puedo vender a mi perro si ya no lo quiero?

    En el mes de diciembre del año 2015, el gobierno de Ollanta Humala promulgó la Ley N° 30407, la cual fue titulada "Ley de Protección y Bienestar Animal".

    Se establece algunos deberes de la persona, como el procurar la protección y bienestar de los animales cual sea su especie, evitando causarles daño, sufrimiento, maltrato físico, lesiones, etc.

    Asimismo, la persona que desee tener una mascota está obligado a brindarle un ambiente adecuado a fin de demarcar una buena calidad de vida.

    La mencionada ley no establece una prohibición directa para la "venta de animales domésticos", pues si lo establece para los silvestres y fauna marina". No obstante, el artículo 27 Prohibición de atentar contra animales de compañía, inciso E, refiere que está prohibida la "explotación indiscriminada con fines comerciales que afecta el bienestar de los animales de compañía.

    Finalmente, la normativa faculta a las autoridades locales (Gobierno Regional y municipalidad) para que supervisen este tipo de actos. En el caso de Lima, la Municipalidad emitió un decreto para la prohibición de venta de animales, la cual se venía desarrollando en el Centro de Lima, aunque la misma sigue con total normalidad e impunidad.

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