Sala anula sentencia sobre concentración de medios
Únete al canal de Whatsapp de WapaDilatan el proceso. Los jueces superiores Rafael Jaeger Requejo, María Gallardo Neyra y Juana Torreblanca Núñez se negaron a resolver de manera definitiva la demanda de amparo que hace ocho años un grupo de periodistas presentó contra la concentración de medios en el Perú.
En vez de cumplir con su función de administrar justicia, decidieron que el proceso se siga prolongando. Para esto se ampararon en un formulismo extremo que solo alargará el proceso, pues, salvo que se cambie al juez de primera instancia, finalmente se volverá a dictar el mismo veredicto.
Los mencionados jueces, integrantes de la Cuarta Sala Civil de Lima, argumentaron que no se notificó del proceso a los herederos de la señora Olga Ana Rosa Banchero Rossi de Salazar, quien falleció el 13 de diciembre del 2019.
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Sin embargo, de esa muerte recién se comunicó al juzgado el 1 de julio del 2021, esto es cuatro días después de que el juez Macedo dictó la sentencia que declaró la nulidad de la venta de las empresas Epensa y ABS, propietarias de los diarios Ojo, Correo, Ajá y El Bocón, al Grupo El Comercio.
Es mas, de los seis herederos de la señora Banchero Rossi, cuatro han intervenido en todo el proceso, por lo que ahora solo se deberá incorporar a los dos restantes.
Tanto es así que el tribunal superior impone a los herederos que participan en el proceso, Carlos Óscar, Luis Manuel, María Gabriela y Rossana Bernardita Agois Banchero, una multa de cinco Unidades de Referencia Procesal, que equivalen a 2.200 soles por no informar del fallecimiento de su madre, lo que “inexorablemente traerá como consecuencia mayor dilación en la tramitación del presente proceso”.
Es decir, los sanciona con una cifra ínfima que no cubre los gastos del Estado en este proceso, mientras que los premia con la nulidad de una sentencia que vienen perdiendo.
Cosa de miedo
“Esta decisión es consecuencia del miedo de los jueces para resolver el fondo del asunto. Los magistrados, especialmente la jueza ponente Gallardo Neyra, han estado muy temerosos de pronunciarse y poner fin a este proceso”, explicó el abogado de los demandantes, Fernando Meléndez.
Indica que la Corte Suprema ya ha establecido que para declarar la nulidad de una sentencia debe haberse producido un agravio insalvable, lo que no ha ocurrido es que cuatro de los seis herederos han participado en el proceso.
Además, ni esos cuatro herederos ni la defensa de la señora Olga Banchero Rossi tuvieron participación activa en la audiencia pública realizada por el juez Macedo el año 2017 para decidir este caso.
Después del 2017, el juzgado no realizó ninguna diligencia de importancia para el proceso. Desde ese entonces, el juez empezó a evaluar el veredicto que dictó en junio del 2021, con lo cual no se ha producido ninguna falta de defensa que justifique la nulidad.
Para la defensa, esto solo genera una mayor demora para que se emita una sentencia definitiva.
Lo que viene
La Sala Superior no hace ninguna observación a los alegatos del juez Macedo, por lo que más tarde deberá emitir el mismo veredicto. Es imposible que pueda cambiar sus argumentos.
Ahora, el juez deberá notificar de la demanda a los dos herederos de la señora Banchero que no intervienen y, si estos no nombran un abogado, designar un curador profeso o abogado de oficio. Después, se volverá a repetir la audiencia de sustentación y el nuevo veredicto.
Libertad de información
La demanda de amparo contra la concentración de medios fue presentada el 18 de noviembre del 2013 por los periodistas Augusto Álvarez Rodrich, Luz Helguero, Fernando Valencia, Mirko Lauer, Rosa María Palacios y Gustavo Mohme Seminario. Además de los ya fallecidos Enrique Zileri y Mario Saavedra-Pinón. Ellos siguen esperando justicia.
Tras 8 años seguirá la espera
Sala Superior recurrió a formulismo para anular la sentencia que reconoció la concentración de medios en el Perú.
Con información de La República.