Pedro Castillo promulga norma que permite incinerar restos de Abimael Guzmán
Únete al canal de Whatsapp de WapaDespués de varias horas de debate, entre idas y vueltas, el presidente de la República, Pedro Castillo, promulgó la norma que da luz verde en la incineración de los terroristas fallecidos, como es el actual caso de los restos del cabecilla de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán.
Como se conoce, el líder terrorista falleció el pasado sábado (11), a las 6 a.m, mientras cumplía cadena perpetua en la Base Naval del Callao.
Después de debatirse qué hacer con los restos del genocida, también conocido como "camarada Gonzalo", la parlamentaria de Alianza para el Progreso, Gladys Echaíz, presentó el proyecto de ley que fue aprobada ayer (16) en el Pleno, con 70 votos a favor, 32 en contra y 14 abstenciones.
La norma fue publicada en una edición extraordinaria del diario oficial El Peruano este viernes (17). La ley lleva las firmas del mandatario Pedro Castillo y del presidente del Consejo de Ministros, Guido Bellido. La difusión se da en medio de los preparativos para el viaje del mandatario peruano a México y a Estados Unidos.
¿Qué dice la norma?
El documento incorpora el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, referido al destino de los cadáveres de fallecidos que cumplían condena por traición a la patria o terrorismo.
“En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia”, refiere el escrito.
“La Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas. La cremación se realiza en presencia de un representante el Ministerio Público, para fines de identificación, quien levanta el acta correspondiente”, agrega.