Provincias de Loreto y Puno ingresan a riesgo extremo tras aumento de casos

Puno y Loreto se suman a la cuarentena establecida en zonas con riesgo extremo ante el aumento de casos de COVID-19 en Perú. Únete al canal de Whatsapp de Wapa
    Provincias de Loreto y Puno ingresan a riesgo extremo tras aumento de casos
    Puno y Loreto se suman a la cuarentena establecida en zonas con riesgo extremo ante el aumento de casos de COVID-19 en Perú.

    La cuarentena en Perú ante el avance del coronavirus seguirá aplicándose en las zonas marcadas como riesgo extremo, a raíz de los crecientes casos registrados. Sin embargo, durante las últimas horas, el Ministerio de Salud anunció que a dichas regiones se sumarán las provincias de Loreto y Puno.

    Debido al fuerte incremento de casos de covid-19 que se presenta en los últimos días en la región Puno, y en las provincias de Maynas y Ramón Castilla en Loreto, el Gobierno ha resuelto incorporar a dichas zonas dentro de las consideradas como de riesgo extremo, por lo que entrarán en cuarentena desde mañana lunes 08 de febrero.

    Mediante el Decreto Supremo N° 017-2021-PCM,  se estableció que el resto de provincias de Loreto pasarán a ser de nivel de alerta muy alto. Esta disposición regirá hasta el próximo 14 de febrero.

    ¿Qué actividades quedan restringidas ante nueva disposición?

    Diversas actividades económicas están restringidas en sus aforos, de acuerdo al nivel de riesgo de cada zona. En el caso de las regiones consideras de alerta extrema el aforo en templos y lugares de culto, casinos, tragamonedas, gimnasios, cines, artes escénicas (espacios cerrados o abiertos), centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: es del 0%, es decir, tienen prohibición total de atención.

    En el caso de las tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias el aforo permitido es del 40%, así como los bancos y entidades financieras. 

    En lo que se refiere a transporte interprovincial de pasajeros (aéreo y terrestre) están prohibidos, a excepción de los vuelos que aterrizan y despegan de la Provincia Constitucional del Callao y de la Provincia de Maynas, cuya regulación será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 

    Del mismo modo, el decreto señala que la restricción del transporte interprovincial de pasajeros (aéreo y terrestre) a las zonas donde hay riesgo extremo, no aplica para los vuelos que aterrizan y despegan de la Provincia Constitucional del Callao, y ahora tampoco para la provincia de Maynas (Iquitos).

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