¿Qué hacer si sufro de acoso sexual en mi centro laboral?

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    ¿Qué hacer si sufro de acoso sexual en mi centro laboral?
    Cómo denunciar acoso sexual

    Todos los 27 de febrero de cada año se conmemora el Día de la Lucha contra el Hostigamiento Sexual en el Ámbito Laboral, un hecho que muchas personas son víctimas y la mayoría no han denunciado hasta ahora.

    Ante esto, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo realizó una Guía Laboral “Trabaja sin Acoso”.

    Según este manual, el acoso u hostigamiento sexual es una conducta negativa de connotación sexual que acontece en el lugar de trabajo y que afecta los derechos fundamentales de la víctima.

    Estos casos pueden darse entre trabajadores/as que tienen una relación laboral jerárquica o entre aquellas personas con cargos del mismo nivel jerárquico.

    Como parte de las medidas para enfrentar la violencia de género y fomentar la igualdad, es importante tener en cuenta que existen mecanismos legales para denunciar algún tipo de acoso dentro de los centros de trabajo.

    Si bien las empresas deben contar con políticas internas para enfrentar estas situaciones, en muchos casos, el empleador no se llega a enterar de la denuncia hasta que ya existe una demanda judicial o una inspección.

     Frente a ello, Brian Ávalos, asociado del área laboral de Payet, Rey, Cauvi, Perez Abogados, ha reunido una serie de consideraciones que deben tomarse en cuenta al momento de presentar una denuncia o queja por acoso sexual:

    -El empleador tiene un plazo máximo de tres días una vez presentada la queja para notificar al denunciado, quien a su vez tendrá un plazo de 5 días para efectuar sus descargos.

    -El área encargada tendrá un periodo de 10 días para realizar las investigaciones correspondientes y, posteriormente, un plazo de 5 días para emitir una resolución. De esta manera, el procedimiento durará como máximo veinte días hábiles.

    -La denuncia puede ser presentada de manera verbal o escrita. Sin embargo, es recomendable que sea escrita y se presente formalmente a la empresa.  No es necesario que sea notarial, aunque podría ser recomendable si la empresa no desea recibir la denuncia formal.

    -El empleador está obligado a iniciar una investigación con un plazo máximo de 3 días tras ser presentada la denuncia. De no iniciarse, el trabajador puede solicitar una inspección ante la SUNAFIL y/o presentar una demanda judicial solicitando el cese de actos de hostilidad.

    -La queja debe precisar claramente los hechos (fecha y hora), nombre del hostigador, detallar el acto o la conducta del supuesto agresor y precisar la negativa a acceder a dichos requerimientos. Además, es recomendable que la víctima utilice las siguientes pruebas para demostrar el acoso:

    1.Declaraciones de testigos (recomendamos que sean escritas, que se detallen claramente los hechos y cuenten con la firma del testigo). Se pueden ofrecer declaraciones testimoniales durante el procedimiento.

    2.Videos y/o audios (por ejemplo, si existen cámaras en la empresa donde constaten el seguimiento a la víctima, algún tipo de acto o insinuación, etc.) Se pueden utilizar mensajes de texto, WhatsApp, Facebook, etc.

    La empresa podrá establecer acciones para evitar se continúe el acoso, por ejemplo, efectuar el cambio de sede, cambio temporal de sitio, suspensión con goce de haber del supuesto acosador, etc. Se recomienda que la denunciante requiera estas medidas de manera formal.

    Si la investigación tiene un resultado favorable para la víctima, la consecuencia inmediata es la aplicación de una sanción al hostigador que puede incluir desde una amonestación verbal o escrita, una suspensión; o incluso su despido.

    Por el contrario, si se comprueba que la acusación era falsa, el denunciado podrá accionar judicialmente y reclamar una indemnización por los daños ocasionados a raíz de la queja interpuesta en su contra.

    Asimismo, el empleador podrá adoptar las medidas disciplinarias que considere convenientes en contra del trabajador que interpuso la falsa queja.

    Es importante tener en cuenta que la empresa debe ser la primera interesada en resolver adecuadamente estas denuncias, que, si bien son procedimientos por naturaleza confidencial y reservados, pueden ser expuestas denuncias públicas.

    También por demandas judiciales, multas administrativas y daño reputacional, generando el repudio de la sociedad civil y si no se muestra un interés genuino por parte del empleador por erradicar estas conductas dentro de las organizaciones.

    Wapa, si sientes que estás pasando por acoso sexual, nunca dudes en denunciar. 

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