¿Tienes COVID-19? Descubre qué sucede con tu sueldo si te dan descanso médico
Únete al canal de Whatsapp de WapaAnte la cuarta ola del COVID-19, muchos peruanos se preguntan qué sucederá con su sueldo si le brindan un descanso médico por la enfermedad. Debido a los síntomas, malestar general y peligro de contagio en el centro de labores, los colaboradores cuentan con ciertos beneficios para ausentarse y descansar en casa.
Los nuevos protocolos establecidos en el ámbito laboral se activan ante la presencia de un caso sospechoso o positivo. En caso se identifique al trabajador, se deberán cumplir todos los criterios del Ministerio de Salud para disponer el aislamiento.
Al respecto, la Dra. Fabiola Rueda, analista legal de la Sunafil, mencionó que se debe referir el caso a EsSalud, EPS o algún establecimiento. En la misma línea, en caso se confirme el caso se deberá identificar inmediatamente a las personas con quienes tuvo contacto en el área laboral.
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¿Qué sucede con tu sueldo si tienes descanso médico por COVID-19?
El descanso médico por COVID-19 deberá ser entregado al empleador, ello tras realizarse el chequeo correspondiente y el descarte de la enfermedad. Desde ese momento, el trabajador se encontrará legalmente facultado para ausentarse de sus labores, sin que ello sea considerado como una falta en el centro de labores.
Es por ello que, la falta por descanso médico no ameritará algún tipo de sanción o descuento en el sueldo de la persona que dio positivo por COVID-19. El pago mensual de los trabajadores responderá a ciertas condiciones, las cuales se presentan en periodos largos de ausencia.
Ante una incapacidad temporal para el trabajo, el centro de labores está obligado a pagar durante los primeros 20 días de incapacidad. A partir del día 21 iniciará la cobertura con el subsidio, que en el régimen general y en la práctica es pagado por el empleador, pero con cargo a ser reembolsado por EsSalud.
¿Qué hacer si te obligan a trabajar virtual o presencial cuando tienes COVID-19?
Ante el aumento de casos por COVID-19 en el Perú, muchos peruanos se preguntan qué pueden hacer si el centro de labores impide el descanso. Al respecto, la Dr. Rueda señaló para Útil e Interesante que existen diversos supuestos en torno al descanso médico por la enfermedad.
Es importante mencionar que, la empresa deberá cumplir ciertas reglas en torno a los colaboradores positivos para COVID-19. En caso se traten de trabajadores menores de 60 años o sin comorbilidades y con vacunación completa, el aislamiento domiciliario aplicará por 7 días desde la fecha de la prueba.
Si el colaborador es mayor de 60 años, presente comorbilidades o tengan vacunación incompleta, el aislamiento domiciliario es de 10 días desde el inicio de los síntomas. Por otro lado, los contagiados asintomáticos que no estén asociados a factores de riesgo, deberán cumplir el aislamiento de 7 días.
El aislamiento y descanso les corresponde a los trabajadores que laboran de manera virtual o presencial. Por ende, en caso la empresa no cumpla con lo señalado, los afectados podrán presentar la denuncia ante Sunafil para que se realice la inspección correspondiente.