¿Qué hacer cuando el padre se niega a reconocer a su hijo? Abogada responde
Únete al canal de Whatsapp de WapaMuchas mujeres en el Perú se preguntan qué hacer cuando su expareja se niega a reconocer a su hijo, ello frente a una compleja situación por la manutención del menor y la pensión de alimentos. En este caso, podrán optar por interponer una demanda de reconocimiento del menor, lo que facilitará otros procedimientos
Al respecto, la abogada de familia Janer Biagi menciona que el trámite correspondiente deberá ser realizado mediante demanda judicial. En dicho procedimiento será necesario adjuntar la partida de nacimiento del menor y consignar los datos del demandado.
En la misma línea, las madres deberán tener en cuenta que el proceso de reconocimiento del menor demora entre 4 a 6 meses, ello debido a la serie de pasos que deben seguirse en la demanda. Tras presentar lo mencionado, el Poder Judicial convocará una audiencia en el plazo inmediato, periodo en que el padre cuenta con la opción de allanarse y reconocer al menor.
De este modo, el juez podrá declarar fundada la demanda y determinará la pensión de alimentos correspondiente para solventar los gastos del menor. Es importante mencionar que, el pago mensual realizado es una entrega económica destinada para los gastos de alimentación, vestimenta, salud y recreación del menor de edad.
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¿Qué hacer si el padre se niega a reconocer a su hijo?
La especialista mencionó para RPP Noticias que se deberá realizar una prueba de ADN en caso el padre se niegue a reconocer al menor. Asimismo, el demandado deberá hacerse cargo del costo de la prueba, la cual tiene un costo promedio de 1 100 soles. Además, se tiene que consignar la contestación de la demanda realizada.
“Según la norma, si se oponen tienen que hacerse la prueba de ADN. El costo de la prueba corre a cargo del demandado y deben adjuntar el pago del voucher del laboratorio. La prueba se lo tiene que tomar la mamá, el niño y el supuesto padre”, señala la abogada.
Es importante mencionar que, si se comprueba que la persona demandada es el padre, el juez deberá realizar la declaración judicial de paternidad. En consecuencia, se planteará una segunda audiencia para establecer la pensión de alimentos que recibirá el menor. Con respecto a los gastos que deberá asumir el padre, la abogada Biaggi señala que empezará la responsabilidad desde que se interpone la demanda.
“Desde el inicio de la demanda hasta la sentencia, sí (se asumen gastos). Luego, la madre puede pedir los devengados que son los gastos que ella realizó, pero lamentablemente esto es desde que se interpone la demanda”, mencionó.
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¿Cómo reconocer a un menor de edad como hijo de manera voluntaria?
Si un padre no reconoció a su hijo al momento del nacimiento, podrá realizarlo posteriormente a través de un testamento o escritura pública. En caso los padres no estén casados, el progenitor podrá realizar un acta de reconocimiento, el cual es voluntario y unilateral.
Cabe resaltar que, inscribir a un menor en la RENIEC se trata de un proceso aparte y deberá consignarse como su padre. Por otro lado, el reconocimiento del hijo o hija será inmediato en caso la pareja se encuentre casada.
“En el caso de que estuvieran casados, el reconocimiento es inmediato, así lo haga la madre porque se presume que el niño es del esposo. Se va con la partida de matrimonio y ahí no existe el tema del reconocimiento aparte”, comentó la especialista.
En caso se trate de un hijo extramatrimonial de una mujer casada, la pareja actual de la madre deberá acudir junto a ella a la sede de la RENIEC para inscribir al menor.