Pensión de alimentos: ¿Cuánto de mi sueldo va para mis hijos de diferentes madres?
Únete al canal de Whatsapp de WapaLa pensión de alimentos es una incógnita para muchos padres que desconocen el porcentaje real del sueldo que deberán entregar a sus hijos, aún más cuando son de diferentes madres. Se trata de una la entrega económica destinada para los gastos de alimentación, vestimenta, salud y recreación del menor de edad. Asimismo, el monto a entregar dependerá del acuerdo entre los padres o de la decisión final del juez en caso no se realice una conciliación previa.
Es importante mencionar que, el depósito se deberá realizar de manera obligatoria hasta que los descendientes cumplan la mayoría de edad. En caso el hijo o hija inicien sus estudios de educación superior, la pensión deberá entregarse hasta que termine la carrera en cuestión. En la misma línea, los padres y madres de familia deberán tener en cuenta que los hijos pueden exigir el apoyo monetario en caso no cuenten con una forma de subsistir o presenten alguna discapacidad.
Si el menor de edad no recibe la pensión por un periodo superior a tres meses, el progenitor que lo tenga a su cuidado podrá solicitar una liquidación de pensiones adeudadas para que el juez establezca un plazo límite de pago Caso contrario, el padre o madre de familia moroso podría ser embargado, ello además de aparecer el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).
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¿Cuánto del sueldo le corresponde a tus hijos si son de diferentes madres?
Muchos padres y madres de familia se preguntan qué porcentaje del sueldo le corresponde a los hijos o hijas. Al respecto, se debe tener en cuenta que la pensión de alimentos mínima en el Perú es del 20% de la remuneración mensual, mientras que el máximo se sitúa en 60%. Es decir, el progenitor que deposite la entrega económica al menor deberá considerar la entrega del porcentaje señalado por el juez.
En caso el padre tenga muchos hijos, el sueldo deberá ser dividido de manera proporcional para cada descenciente. Al respecto, el abogado Max Jason Vargas Calderón, asociado del estudio Galvez Monteagudo, mencionó para Correo que el porcentaje de depósito es idéntico para cada menor debido a que los hijos son considerados iguales ante la ley.
“Nuestro ordenamiento legal prevé que todos los hijos son iguales ante la ley, por tal motivo la asignación que se haga a favor de cada uno debe ser igual y proporcional”, mencionó el especialista.
Con respecto al monto que le corresponde a cada hijo o hija como pensión, Vargas comenta que el porcentaje máximo que se puede embargar por alimentos deberá ser dividido entre la cantidad de hijos. De este modo, cada uno recibe la misma cantidad de pensión.
“Si son varios los hijos,lo que se le asignará a cada uno será ese porcentaje dividido en tantos números de hijos haya: si es 1, hasta el 60%, si son 2 hasta el 30% para cada uno, si son 3 hasta el 20% cada uno, y así sucesivamente”, señaló en el medio citado.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar una pensión de alimentos?
Los padres o madres que deseen solicitar la demanda de alimentos para el menor deberá cumplir con una serie de requisitos señalados por el Poder Judicial. Wapa tiene para ti todos los detalles:
1.-El demandante deberá presentar el documento firmado, además, se incluye la firma de su abogado. Las madres que no cuenten con asesoría legal, podrán completar el formulario habilitado por el Poder Judicial.
2.- Se deberá presentar una copia simple del DNI del demandante.
3.- Contar con la partida de nacimiento del menor que requiere la pensión de alimentos.
4.- Será necesario contar con los gastos de manutención del menor de edad. (Opcional)
Es importante mencionar que, en caso se desee solicitar una pensión para un hijo alimentista (no reconocido), se deberá presentar la información del nombre y dirección de testigos de la relación sentimental que mantuvieron el demandante y el demandado durante el tiempo de concepción del menor. Asimismo, serán necesarios los documentos que acrediten la existencia de la relación sentimental de los padres.
Con respecto al pago del procedimiento, el demandante se encuentra exonerado de los pagos de tasas judiciales y cédulas de notificación, ello en caso la pensión no supere los 20 URP. Si el depósito del demandante es un monto superior al señalado, se deberá cancelar el 50% de las tasas.