¿Qué derecho tengo si soy víctima de un accidente de tránsito y el vehículo se dio a la fuga?

Sepa que derecho le asiste luego de haber sido víctima de un accidente de tránsito y el causante se haya dado a la fuga.

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    ¿Qué derecho tengo si soy víctima de un accidente de tránsito y el vehículo se dio a la fuga?
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    Los accidentes de tránsito se han convertido en un verdadero problema de nuestra sociedad. Pese a que existen varios programas que buscan evitar ello, son múltiples los factores que los causan.

    Desde el error humano, condiciones climáticas, estado de las carreteras, fallos mecánicos, situación psicológica del conductor, incumplimiento de las normas de tránsito hasta el exceso de velocidad. Todos ellos configuran un arma mortal que podría tomar la vida de un peatón.

    Asimismo, existen conductores que escapan de su responsabilidad y deciden darse a la fuga una vez que hayan ocasionado un accidente de tránsito. ¿Qué hacer en estos casos? Aquí te lo contamos.

    ¿Qué es el Fondo de Compensación?

    De acuerdo con la información del Gobierno peruano, el Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y Certificado contra Accidentes de Tránsito (CAT) existe para dar asistencia a las víctimas de accidentes de tránsito que fueron causados por vehiculos no identificados y por conductores que se dan a la fuga.

    Indican que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) reembolsa los gastos médicos en favor de las personas que fueron víctimas de accidentes de tránsito por conductores que se dieron a la fuga por hasta 23 mil soles (o 5 UIT que podría variar de acuerdo a la vigencia del año en que suceda).

    Efectivo de la Policía Nacional del Perú (PNP) realizando una inspección de rutina.
    Efectivo de la Policía Nacional del Perú (PNP) realizando una inspección de rutina.

    Este monto consta gastos de atención hospitalaria, quirúrgica, farmacéutica y otros que son necesarios para el tratamiento y rehabilitación de la víctima. Esto se realiza mediante reembolso al beneficiario, quien deberá de demostrar sus gastos, o directamente al centro de salud que atendió a la víctima.

    Cabe destacar que, en caso la víctima fallezca, este seguro también llega a cubrir los gastos de sepelio hasta una cobertura de 4 mil 600 soles (1 UIT que esté vigente en el año en que ocurra) por persona. Consta de gastos de ataúd, cremación, tumba, nicho o urna, capilla ardiente o carroza.

    ¿Cómo puedo acceder a este derecho?

    Según indica el portal institucional, los beneficios entregados por este Fondo pueden ser reclamados únicamente en un plazo no mayor de un año, el cual comenzará a contarse desde el cargo de la comunicación por escrito que los establecimientos de salud realicen a la víctima o sus beneficiarios. Esto también aplica para extranjeros.

    Asimismo, deberás de realizar un reporte a través del formulario Fondo SOAT y CAT https://fondosoatycat.mtc.gob.pe/solicitud, en donde deberás de adjuntar la denuncia policial para que esta pueda ser evaluada. El trámite es gratuito y se puede acceder a nivel nacional.

    Una vez que el caso haya sido aprobado, el beneficiario podrá presentar la documentación en la sede principal del MTC. También pueden comunicarse a través del 615-7800 anexo 1209 o escribir al correo fondosoat@mtc.gob.pe.

    Finalmente, este derecho podrá ser reclamado por la víctima o por el cónyuge, hijos mayores de edad, padres, hermanos o representante legal de los ciudadanos que pueden ser peruanos o extranjeros.

    SOBRE EL AUTOR:
    ¿Qué derecho tengo si soy víctima de un accidente de tránsito y el vehículo se dio a la fuga?

    Periodista especializado en temas de actualidad y deporte. Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la Universidad César Vallejo. Estudios en curso de la maestría Ciencia Política con mención en Gerencia Pública por la Universidad Antonio Ruiz de Montoya. SEO en Wapa.

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