Bono de 210 soles se entregará hasta marzo del 2022 y se desembolsará vía EsSalud
Únete al canal de Whatsapp de WapaAmplían el plazo. La ministra de trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez, señaló hoy que el bono de 210 soles, que se entregará a unos tres millones de trabajadores formales, se hará efectivo hasta marzo del 2022 y se desembolsará a través de EsSalud.
Como se recuerda, el Gobierno anunció hace unos días que se otorgará un bono de 210 soles a unos tres millones de trabajadores formales, tanto del sector público como del privado. Uno de los requisitos principales para acceder al apoyo económico es tener un ingresos máximo de 2,000 soles mensuales.
De otro lado, Betssy Chávez manifestó que el incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) se empezará a evaluar desde enero del 2022.
En referencia a la paralización de la empresa minera Las Bambas, refirió que hace unas horas la PCM emitió un comunicado informando que se iba a retomar el diálogo con la minera.
“En la tarde me comuniqué con el ministro de Energía y Minas y el criterio para la solución es es diálogo sin paralización. Se está trabajando por el diálogo. Son 8,000 trabajadores que se verían afectados, por lo que es importante que se aperture el diálogo social”, consideró.
Requisitos
Uno de los requisitos principales para acceder al apoyo económico es tener ingresos de máximo S/ 2,000 mensuales.
Si el trabajador labora en más de un puesto de trabajo en los meses referidos, se considerará la remuneración bruta acumulada, es decir, la suma de la remuneración bruta percibida en cada uno de los puestos de trabajo registrados en la planilla en cada mes.
El empleado deberá figurar registrado, debidamente con su DNI, en la planilla electrónica de una empresa durante los meses de julio, agosto o setiembre de 2021.
Además, para recibir el apoyo económico no podrán pertenecer a las modalidades formativas laborales, es decir, no pueden ser practicantes. Los beneficiarios tampoco pueden ser pensionista.
Cabe mencionar que el monto del bono que reciba el trabajador no altera el monto de la remuneración laboral a la que tiene derecho, así como la declaración, cálculo y pago de los beneficios laborales, tributos, aportes o contribuciones previstas en el ordenamiento legal.