SBS: nuevos afiliados al Sistema Privado de Pensiones no podrán elegir a su AFP

SBS indicó que los nuevos afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) no podrán elegir a qué AFP pertenecer. Los detalles aquí.

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    La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) informó que los nuevos afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) serán derivados automáticamente a una de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) existentes en el Perú.

    AFP: afiliación automática para nuevos trabajadores formales

    Todo esto en el marco de la aprobación de las bases y el cronograma con miras a la séptima licitación del servicio de administración de las cuentas individuales de capitalización (CIC), con respecto a los trabajadores que se incorporen por primera vez al SPP.

    Según se indica en el Circular N° AFP-184-2024, la cual se ha publicado en el diario oficial El Peruano, la SBS ha indicado que el próximo 13 de diciembre se realizarán las adjudicaciones respectivas.

    SBS realizará licitación de AFP.
    SBS realizará licitación de AFP.

    De acuerdo con el documento, se establece que el valor de la oferta de la comisión, sobre el saldo del afiliado, que debe de presentar la AFP que se postula, debe de ser inferior al 0.78% anual.

    Hay que explicar que la comisión sobre el saldo cobra un porcentaje en base a lo que acumulas en el fondo de forma anual. Como se ha indicado, la tasa mínima es de 0.78% anual, pero en la actualidad están fijadas de la siguiente manera: AFP Profuturo 1.20%, mientras que AFP Prima y AFP Habitat cobran el 1.25%.

    AFP: procedimiento de la licitación

    De las todas las AFP que se presenten a la licitación, una de ellas asumirá la afiliación automática de los trabajadores que se unan por primera vez al Sistema Privado de Pensiones (SPP). El periodo que se ha comprendido partirá desde el próximo 1 de junio de 2025 hasta el 31 de mayo de 2027.

    Lo que indica la norma es que los afiliados deberán de permanecer en dicha AFP asignada por un periodo de dos años, sin embargo, podrás realizar un cambio después de haber cumplido 180 de permanencia.

    De acuerdo a que AFP evalúes que tenga una mayor rentabilidad a tu criterio, podrás hacer la solicitud del cambio, pero siempre y cuando puedas cumplir los requerimientos indicados.

    Finalmente, la Resolución N.°03878-2024, que también fue publicada este jueves 14 de noviembre en el diario oficial El Peruano se menciona que la presentación de los tres sobres, que partirá de cada AFP, deberá ser compuesto de la siguiente forma: credenciales, carta fianza de la oferta y propuesta económica.

    SOBRE EL AUTOR:
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    Periodista especializado en temas de actualidad y deporte. Licenciado en Ciencias de la Comunicación por la Universidad César Vallejo. Estudios en curso de la maestría Ciencia Política con mención en Gerencia Pública por la Universidad Antonio Ruiz de Montoya. SEO en Wapa.

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