Techo Propio: Estos son los bonos que ha ofrecido el programa estatal
Únete al canal de Whatsapp de WapaEl Gobierno tiene estimado beneficiar a 51.000 familiares mediante del programa Techo Propio, uno de los cuatro programas que promueve el Fondo MiVivienda (FMV), que es la empresa agregado al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) que fomenta el acceso de la población, en especial de los sectores medios y bajos, a una vivienda adecuada.
Este programa, como señalan en el FMV, “está orientado a las familias peruanas con menores recursos”, por lo que reciben un apoyo económico destinado a la adquisición de una vivienda o para mejorar las condiciones de su inmueble actual.
¿De qué se trata el programa Techo Propio?
El programa Techo Propio cuenta con tres productos distintos:
1. Adquisición de vivienda nueva
Facilita el financiamiento y acceso a una vivienda de interés social (VIS). Además de contar con servicios de electricidad, agua potable y desagüe, una VIS tiene un valor máximo de hasta S/109.200.
2. Construcción en sitio propio
Está dirigido a los grupos familiares beneficiarios que cuentan con un predio, sobre el que se construirá una VIS, pero no son propietarios de otra vivienda, terreno o aires independizados a nivel nacional.
En este caso, el valor de la VIS debe oscilar entre 5,9 UIT (S/25.960) y 20 UIT (S/88.000) y la ejecución de las obras está a cargo de una entidad técnica (ET) autorizada por el Fondo MiVivienda.
3. Mejoramiento de vivienda
Bajo esta modalidad se ejecutan obras de remodelación, rehabilitación, culminación o ampliación de la vivienda, con la finalidad de dotar a la edificación existente las características de una VIS.
En este producto, el valor de la vivienda lo constituye el valor de obra, que resulta del presupuesto de la obra más el valor del autovalúo.
¿A cuánto asciende el BFH?
Como parte de sus principales atributos, el programa Techo Propio otorga el Bono Familiar Habitacional (BFH), que es un subsidio que sirve como un complemento al ahorro del que disponen muchas familias para acceder a una vivienda nueva o mejorar la que ya tienen
Al ser un subsidio directo que otorga el Estado a una familia de manera gratuita como premio a su esfuerzo ahorrador, el BFH no se devuelve y su valor varía de acuerdo con la modalidad y/o tipo de producto.
Así, el BFH para este año ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N°016-2020-Vivienda, y además de tener validez hasta el 31 de diciembre, su valor es de tres tipos:
1. Adquisición de vivienda nueva
Su valor ha sido incrementado por la pandemia y asciende a S/38.500 en caso desees comprar una vivienda nueva
2. Construcción en sitio propio
En este caso, el valor del BFH es de S/26.400 y para que las familias accedan a él deben contar con un ahorro mínimo de 0,45 UIT (S/1.980)
3. Mejoramiento de vivienda
El valor del BFH es de S/10.120 aunque dependerá del valor del mejoramiento, que como mínimo debe ser de 2,5 UIT (S/11.000).
Conoce cuáles los requisitos
En principio, los ingresos familiares mensuales (IFM) de las familias beneficiadas para la compra de una vivienda no deben exceder los S/3.715, pero si se trata de VIS priorizada el monto máximo será de S/2,071; y para para construir o mejorar una vivienda el IFM debe ser como máximo de S/2.706.
Para conformar un grupo familiar (GF), sea para la compra, construcción o mejoramiento de la vivienda, el jefe de familia puede declarar a uno o más dependientes (esposa, conviviente, hijos, hermanos o nietos menores de 25 años o hijos mayores de 25 años con discapacidad, padres o abuelos).
Además, los GF no deben haber recibido con anterioridad apoyo habitacional del Estado, y en caso quieran comprar una vivienda no podrán tener otra vivienda o terreno a nivel nacional. Mientras que para construir o mejorar una vivienda, se debe ser propietario del predio donde se ejecutará la obra, el mismo que debe estar inscrito en Registros Públicos sin cargas ni gravámenes y tampoco deben contar con otro terreno o vivienda a nivel nacional.
Para el registro de un GF, se debe presentar el DNI del jefe de familia, del cónyuge o conviviente y contar con los datos completos de todos los integrantes del grupo familiar beneficiario (nombre, DNI y fecha de nacimiento).